DEBERÁ CUMPLIR UNA PENA DE CINCO MESES DE PRISIÓN EFECTIVA
Luego de no acatar las medidas de prohibición de acercamiento dispuestas por la Sra. Juez de Segundo Turno, el Juzgado Letrado de Primer Turno emitió en la tarde del pasado miércoles la condena del hombre identificado con las iniciales D.M.B.C. de 38 años como autor penalmente responsable de un delito de “desacato agravado”, debiendo cumplir una pena de cinco (5) meses de prisión de cumplimiento efectivo. Respecto a las víctimas -dos hijastras y una hija- la magistrada dispuso asimismo como medidas de protección, la prohibición de acercamiento y comunicación por el plazo de 180 días siempre que se disponga la libertad del imputado. Mientras que para el condenado dispuso que sea derivado a un centro de salud, previo a su ingreso al centro de reclusión, a los efectos que sea valorado por médico psiquiatría y/o médico general para atender sus diferentes patologías relacionadas al consumo problemático de estupefacientes. Las actuaciones por este caso estuvieron a cargo de la Comisaria Especializada en Violencia Doméstica y Género a partir de un llamado al 9.1.1 denunciando al indagado por ejercer violencia verbal y psicológica hacia las víctimas, reportado el pasado sábado 7 de agosto del 2021. Estas acciones generaron en el transcurso del tiempo, que el ofensor tuviera prohibido acercarse al entorno familiar y que en los últimos días portara un dispositivo de monitoreo electrónico.
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