viernes, 23 de diciembre de 2022

Se prohíbe la venta de pirotecnia de muy alto y alto impacto sonoro

NUEVO DECRETO REGULA Y EXIGE EL CUMPLIMIENTO DEL NO USO DE PIROTECNIA

La Junta Departamental de Lavalleja (JDL) a través de la Comisión de Legislación y Turno, integrada por los ediles Ana Laura Nis (presidente), Mauro Álvarez, Néstor Calvo, Camila Ramírez y Óscar Villalba, y el representante de AMITEA (Asociación Minuana Trastorno del Espectro Autísta) dieron a conocer el nuevo decreto de la IDL sobre el uso de pirotecnia en Lavalleja.

 

MODIFICACIÓN

Nis recordó, que en noviembre del 2020, se había prohibido el uso de pirotecnia en Lavalleja, “ahora en noviembre de 2022, se hizo una modificación al decreto Nº 3767, donde se prohíbe la venta de muy alto y alto impacto sonoro”. Señaló la edila que “esto es una necesidad por las problemáticas planteados por AMITEA, las protectoras de animales, y demás”.

 

EXPERIENCIA

Álvarez manifestó que “este nuevo decreto surge de la necesidad, dada la experiencia acumulada en estos dos años que se aplicó el decreto 3640, normativa vigente la que era difícil controlar, estaba escrita con lenguaje impreciso. A iniciativa de la Comisión de Legislación se aggiornó”. Seguidamente el edil dio lectura a los artículos del nuevo decreto, -el Nº 3767-.   

 

DECRETO N° 3767.

Artículo 1 - Se prohíbe la exposición y venta de material de pirotecnia de muy alto y alto impacto sonoro en todo espacio público del Departamento de Lavalleja, sea urbano, suburbano, o rural.

Artículo 2 - La exposición o venta de material de pirotecnia de alto impacto sonoro solo se permite en locales comerciales habilitados, los cuales deberán disponer de un espacio exclusivo para el mismo, separado del resto de toda otra mercadería, en un radio no menor a dos metros, debiéndose ajustar además a la habilitación de la IDL y de la Dirección Nacional de Bomberos.

Artículo 3 - Se prohíbe el uso de pirotecnia de muy alto y alto impacto sonoro en los espacios y espectáculos públicos en todo el Departamento de Lavalleja.

Artículo 4 -  El uso de pirotecnia de muy alto y alto impacto sonoro por parte de instituciones privadas, cuando sea denunciado y comprobado, será causa suficiente para la suspensión de cualquier tipo de beneficio del que gocen por parte del Gobierno

Departamental de Lavalleja.

Artículo 5 - El uso de pirotecnia de: ninguno, muy bajo, bajo y medio impacto sonoro en espectáculos públicos deberá ser siempre supervisado por la IDL  y la Dirección Nacional de Bomberos.

Artículo 6 - El incumplimiento de esta normativa en locales comerciales, en cualquier aspecto de su alcance, motivará la suspensión de la habilitación que otorga la IDL para su funcionamiento.

Artículo 7- En los casos en que se halle exposición y/o venta de material de pirotecnia de muy alto o alto impacto sonoro en algún espacio público o locales comerciales no habilitados, se faculta a la IDL a proceder a la requisa y posterior destrucción de dicho material, pudiendo solicitar la asistencia del

Ministerio del Interior toda vez que fuera necesario.

 

RESPALDO

Destacó Álvarez que organizaciones sociales, protectoras de animales y distribuidores de estos materiales “están consustanciados con el decreto nuevo, y como ediles departamentales llamamos a cumplirlo y si tienen dudas consultar en la dirección de Higiene de la IDL, que es la fiscalizadora de que se cumpla con el decreto”.

 

CONSECUENCIAS

Calvo reafirmó lo expresado por los otros ediles, destacando el trabajo realizado con AMITEA, y el representante de la institución, señaló que “agradecemos mucho el apoyo dado, es una problemática muy difícil, porque los niños y personas adultas que sufren autismo, se sienten muy mal cuando sienten los impactos de las explosiones”.

 

NO EN LUGARES PÚBLICOS

Consultados dónde se pueden tirar la pirotecnia Nin señaló que “no debe ser en lugares públicos, pueden hacerlo en su casa o en su predio”. Álvarez agregó refiriéndose al artículo 3 que dice: “‘Se prohíbe el uso de pirotecnia de muy alto y alto impacto sonoro en los espacios y espectáculos públicos en todo el departamento de Lavalleja’. Quiere decir que no se puede tirar pirotecnia de alto impacto en la calle, pero ojalá no se use en ningún lado porque el sonido llegará igual- deberán tirarlo dentro del padrón. Lo que se trata con este decreto es regular la venta, y el uso en espacios públicos. Los distribuidores están consustanciados con esta propuesta. Es una lástima que se tome esto como prohibicionista, porque está dirigido al cuidado de la calidad de vida de las personas y de los animales”.

 

EXPERIENCIA

Manifestó el edil que “lo demostrado en la Semana de Lavalleja, cuando la Comisión Organizadora en conjunto con la IDL que se ajustaron a la normativa, la gente lo disfrutó, lo aplaudió y felicitó a la comisión por el uso de esa pirotecnia, que no hizo mal a nadie. Invitamos a que no se use, y que sepan que en espacios públicos está prohibida. Estoy convencido que la gente va a respetar el decreto, hay mucha empatía con quienes padecen por el ruido de la pirotecnia sonara de alto impacto, y no van a usar ese tipo de pirotecnia”.

0 comentarios :

Publicar un comentario